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El permiso por matrimonio en segundas nupcias genera muchas dudas, tanto a nivel laboral como en materia de extranjería y reagrupación familiar. La legislación española distingue claramente entre un nuevo matrimonio con una persona distinta y una segunda ceremonia con la misma pareja.
En términos laborales, el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.3) establece un permiso retribuido de 15 días naturales por matrimonio, sin importar si se trata de primeras o segundas nupcias, siempre que el nuevo cónyuge sea una persona distinta.
En el ámbito migratorio, el matrimonio con un ciudadano español o comunitario puede dar derecho a un permiso de residencia por reagrupación. Pero hay restricciones si se trata de un nuevo matrimonio con la misma persona, ya que la normativa no permite reagrupar dos veces al mismo cónyuge.
Permiso laboral por matrimonio en segundas nupcias
El permiso laboral por matrimonio es un derecho reconocido a todos los trabajadores por cuenta ajena en España. El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que:
“El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración durante quince días naturales en caso de matrimonio.”
Este permiso no distingue entre primeros o segundos matrimonios. Por lo tanto, si una persona se casa con una nueva pareja, tiene derecho nuevamente a 15 días naturales de permiso retribuido, siempre que avise con la debida antelación y lo justifique adecuadamente.
Sin embargo, si se trata de una segunda ceremonia con el mismo cónyuge (por ejemplo, una boda religiosa tras una civil anterior), no se concede de nuevo el permiso, dado que ya se disfrutó en la unión previa con esa misma persona.
En caso de duda, será necesario consultar si el convenio colectivo del sector mejora o amplía este derecho.
Documentación y procedimiento laboral
Para ejercer el derecho al permiso por matrimonio en segundas nupcias, es imprescindible notificar previamente a la empresa, con al menos 15 días de antelación, salvo que el convenio indique otro plazo.
La documentación requerida suele incluir:
- Certificado del Registro Civil que acredite el matrimonio.
- Acta matrimonial emitida por el juzgado o por el notario.
- Solicitud formal del permiso a Recursos Humanos o al responsable directo.
Algunos convenios colectivos pueden contemplar más días o condiciones adicionales (por ejemplo, incluir la celebración de una boda civil y otra religiosa). Conviene revisar siempre el convenio aplicable al trabajador antes de hacer la solicitud.
Implicaciones en extranjería y reagrupación familiar
Desde el punto de vista del derecho de extranjería, el matrimonio con un ciudadano español o comunitario abre la posibilidad de obtener una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, conocida como tarjeta comunitaria.
En caso de segundas nupcias con una nueva persona, sí es posible solicitar nuevamente la reagrupación familiar, siempre que:
- Se haya disuelto el vínculo anterior mediante divorcio o anulación.
- Se aporte la sentencia judicial de divorcio legalizada (con apostilla o exequátur si es extranjera).
- Se acredite la nueva relación matrimonial y el cumplimiento de los requisitos económicos y legales.
No es posible reagrupar al mismo cónyuge por segunda vez. Por ejemplo, si una pareja se casa, solicita la tarjeta comunitaria y, tras una separación, vuelven a casarse, la normativa impide un segundo proceso de reagrupación con la misma persona.
Los requisitos habituales para la reagrupación incluyen:
- Formulario EX-10 cumplimentado.
- Copia completa del pasaporte.
- Medios económicos suficientes por parte del ciudadano español.
- Seguro médico público o privado.
- Certificado de antecedentes penales del cónyuge reagrupado.
Todo esto debe presentarse en el proceso de solicitud ante la Oficina de Extranjería o en el consulado correspondiente.
Tiempos y plazos en extranjería
El proceso de reagrupación familiar en segundas nupcias consta habitualmente de dos fases:
- Autorización en España: se presenta la solicitud con todos los documentos y se espera una resolución favorable.
- Obtención del visado en el consulado del país de origen o, si ya está en España, solicitud de la tarjeta TIE.
En caso de matrimonio con ciudadano español, también se puede acceder directamente a la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión desde territorio español.
Los plazos aproximados son:
- Entre 1 y 3 meses para la resolución de la autorización.
- Entre 1 y 3 meses adicionales para la expedición de la tarjeta TIE, una vez concedido el visado o presentada la solicitud.
Es importante tener en cuenta que los plazos pueden variar según la comunidad autónoma o el consulado implicado.
Casos prácticos y ejemplos
Ejemplo 1: Juan, trabajador español, se divorcia y se casa con María, una ciudadana colombiana
Juan tiene derecho a solicitar un nuevo permiso laboral de 15 días por su nuevo matrimonio. Además, María puede acceder a una tarjeta de residencia por reagrupación familiar como cónyuge de ciudadano español, siempre que Juan cumpla con los requisitos de medios económicos y documentación.
Ejemplo 2: Ana y Roberto, casados civilmente hace años, celebran una nueva ceremonia religiosa
Al tratarse del mismo cónyuge, Ana no puede volver a disfrutar del permiso laboral de 15 días. Tampoco es posible tramitar una nueva reagrupación familiar si ya obtuvo una tarjeta comunitaria en el pasado a través del mismo vínculo.
Estos ejemplos ilustran cómo la identidad del cónyuge es determinante en la concesión del permiso y de los derechos vinculados al matrimonio.
Consejos útiles y advertencias
Antes de solicitar un permiso laboral o de residencia por matrimonio en segundas nupcias, conviene tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Si hay un matrimonio anterior con otra persona, asegúrate de tramitar correctamente el divorcio y obtener la apostilla o exequátur de la sentencia si procede del extranjero.
- Consulta el convenio colectivo del sector para verificar mejoras sobre el permiso de 15 días.
- Acude a una gestoría especializada o abogado de extranjería para preparar el expediente de reagrupación familiar y evitar errores en la documentación.
Contar con asesoría adecuada puede marcar la diferencia en la concesión o denegación de un permiso y agilizar considerablemente los plazos.